EFEMÉRIDES
DE
1521
Mayo 19.
-50.-Silvestre Pinelo y Juan de Mesa, alcalde de Buenavista. Digo yo
Cristóbal de Aponte que doy a vos cierta tierra que está dentro del cercado de
mis tierras sobre la Caleta; por una parte el camino real sobre unas casas que
yo al presente edifico en la dicha por Caleta y por otra parte unas casas que
están edificadas de paja en que están al presente uno aserradores, desde un
risco donde está en cabecillo junto a las dichas casas, hasta el camino que va
a la montaña derecho a un cardón grande que está en el albarrada e un solar
que tengo dado a Pedro Machado, carpintero, junto con el dicho cardón.
19-V-1521. Entiéndese que desde la albarrada que está sobre la Caleta hasta el
canto de la casa de parte de arriba y de allí derecho al dicho cardón del
dicho camino que va a la montaña. Firmado X val. de Ponte. (Datas
de Tenerife, libros I al IV)
1522
Febrero 24.
1.763-64.-Alonso
Gutierres Fraile, carpintero, maestro de hacer engenios. Unas ts. yendo de esta
ciudad al Araotava, antes de la bajada de la cuenca yendo a la dicha Araotava,
sobre mano izquierda, de
1521.
Mayo, 23. Segovia. Orden a los
gobernadores de Gran Canaria, Tenerife y La Palma para que entreguen, a quien
tenga poder del rey de Portugal, ciertas personas y mercancías que fueron
robadas en el puerto de Cádiz, conforme a la capitulación establecida entre
los dos reinos. Estando en el citado puerto un navío del rey de Portugal, el
Santa Catalina, con barriles de clavo y especiería procedentes de Las Indias,
le fueron robadas y transportadas sus mercancías a la carabela San Lorenzo,
cuyo maestre Diego Pérez, vecino de Limes (en el Algarve), se dirigió a dichas
islas. Al llegar, fueron embargadas dichas mercancías, a petición de Simón
Rabelo, portugués. Cardenal Dertutensis. Zapata. Franciscus. Polanco. Cáceres.
(E. Aznar et al. 1991)
1521. Mayo, 31.
Burgos. Comisión al gobernador de Tenerife y La Palma para que determine en la
La Palma, solicita permiso para que el ganado paste en las tierras aún sin
sembrar. El concejo informó que el Adelantado, don Alonso Fernández de Lugo,
petición de Juan Ruíz de Berlanga que, en nombre el concejo de la isla de San
Miguel de repartió las tierras de La Palma a muchas personas que habían
obtenido merced de los reyes, quedando muy pocas para pastos. Sin embargo,
muchas de esas tierras permanecen aún sin sembrar y se veda la entrada a los
ganados de los vecinos; pese a que, cuando esto ocurre, deben estar destinadas a
pastos comunes, siempre que no hagan daño a los cereales, viñas y huertas ya
sembrados. Arzobispo. Santiago. Cabrero. Qualla. Beltrán. Guevara. Acuña. Juan
Rarnírez. (E. Aznar et al. 1991)
1521.
Mayo. s.d. s.l. Presentación del
bachiller Germán de Ugarte, capellán real, para una canonjía vacante por
muerte de Francisco Millares de Trigueros. Se ordena al obispo de Canaria, o a
su provisor, que le dé posesión de su cargo. Cardenal Dertutensis.
Condestable. Almirante. Qualla. (E. Aznar et al. 1991)
1521.
Junio, 5. Burgos. Orden a don Guillén
Peraza, conde de La Gomera, y a las justicias de La Gomera, El Hierro y
Fuerteventura para que entreguen los malhechores que se refugian en La Gomera.
Se da a petición de Juan Ruíz de Berlanga, representante del concejo de La
Palma, quien pide se guarde la ley que el rey don Alonso hizo en las cortes de
Soria de 1418, que se inserta. Arzobispo. Santiago. Cualla. Guevara. Acuña.
Gaspar Ramírez. (E. Aznar et al. 1991)
1521.
Junio, 5. Burgos. Merced de una
escribanía y notaría pública de la corte y los reinos para Fernando
Florencio, vecino de La Palma. Se ordena a las justicias del reino que 10
reciban y guarden sus derechos. Cardenal. Almirante. Condestable. Juan RamÍrez.
Arzobispo. AIonso de Castilla. Cabrero. Qualla. Beltrán. Guevara. (E. Aznar et
al. 1991)
1521.
Junio, 7. Burgos. Regimiento de la
ciudad real de Las Palmas, en la isla de Gran Canaria, para Juan de Escobedo,
por renuncia en él de Ruy Díaz de Cerón. Se da con la condición de que en la
renuncia no intervenga trueque, dádivas o cambio; que haya vivido los veinte días
que marca la ley de Toledo; y que se presente esta merced al concejo antes de
120 días. Se ordena a éste que 1o reciba y guarde sus derechos. Cardenal de
Tortosa. Almirante. Condestable. Juan Ramírez. Zapata. Polanco. (E. Aznar et
al. 1991)
1521.
Junio, 7. Burgos. Sobrecarta de dos
anteriores, dirigidas al obispo de Canaria, o a su provisor, por la que se le
comunicaba la presentación de Gonzalo de Cuenca, clérigo de la diócesis de
Toledo, para el beneficio de la iglesia , de La Palma, vacante tras la muerte de
Bartolomé López de Tribaldos. Las anteriores estaban fechadas en Burgos, el 25
de diciembre de 1521 debe ser 1520 y 3 de marzo de 1521, pero no habían tenido
efecto por falta de mensajero. Almirante. Condestable. Juan Ramírez. Zapata.
Santiago. (E. Aznar et al. 1991)
1521.
Junio, 17. Burgos. Comisión al
gobernador de Tenerife y La Palma para que informe al Consejo sobre la petición
hecha por Juan Ruíz de Berlanga, en nombre del concejo de La Palma. Este habla
de la necesidad de repartir solares en unas tierras situadas junto al río de
Tazacorte y al puerto, a fin de crear una nueva población. A juicio del
concejo, esta medida acrecentaría la labranza y aumentaría las rentas,
ayudando a la desaparición de malhechores y ladrones de ganado que andan por
esa zona. Arzobispo. Santiago. Alonso de Castilla. Cabrero. Qualla. Beltrán.
Acuña. Gaspar Ramírez. (E. Aznar et al. 1991)
1521.
Junio, 17. Burgos. Comisión al
gobernador o juez de residencia de Tenerife y La Palma para que informe al
Consejo sobre la petición de Juan Ruíz de Berlanga, representante del concejo
de La Palma, en relación con unos caminos que conducían a las iglesias de
Santa María y San Miguel. Dichas iglesias, que fueron las primeras en fundarse
tras la conquista, se encuentran en Tazacorte y Los Llanos de San Miguel, donde
Jácome Monteverde, vecino, posee un heredamiento. Hasta hace cuatro o cinco años
eran continuas las peregrinaciones de los vecinos hacia ellas, pues eran las
iglesias más antiguas, las que tenían más perdones e indulgencias y en ellas
se encontraban enterrados muchos conquistadores. Sin embargo, por esas fechas,
Monteverde roturó y sembró los citados caminos impidiendo el paso a través de
ellos, con lo que las dos iglesias se encuentran derribadas por el abandono.
Arzobispo. Santiago. Alonso de Castilla. Cabrero. Qualla. Beltrán. Acuña.
Gaspar Ramírez. (E. Aznar et al.
1991)
1521.
Junio, 17. Burgos. Orden al escribano
del concejo y receptor de las penas de cámara de San Miguel de La Palma, para
que dé a Juan Ruíz de Berlanda los maravedís que el gobernador o juez de
residencia consideren necesarios a fin de que éste, en nombre del concejo de La
Palma, continúe los pleitos que en dicha isla se tratan, entre la justicia real
y los jueces eclesiásticos. Arzobispo. Santiago. Alonso de Castilla. Cabrero.
Qualla. Beltrán. Acuña. Gaspar Ramírez. (E. Aznar et al. 1991)
1521.
Junio, 19. Burgos. Orden al provisor
del obispado de Gran Canaria, para que conceda la apelación solicitada por los
hermanos del licenciado Cristóbal de Valcárcel, regidor de Tenerife, revoque
lo actuado tras la apelación y levante las excomuniones dictadas contra ellos.
Se da a petición del citado licenciado, quien alegó que sus hermanos habían
declinado tal jurisdicción y que ya habían sido castigados, junto a Pedro Suárez,
por la justicia real, a causa del enojo que tuvieron con el visitador. Añadió
que el provisor también procedió contra él, acusándole de tener a sus
hermanos en su casa y de haber llamado "simple" al visitador. El
litigio tuvo su origen en la actuación de la justicia de Tenerife contra Juan
Martínez, vecino de ella, por haber hecho matar y robar aun hombre, en la que
Valcárcel era abogado. En ella, el citado Martínez, condenado atormento, se
declaró de corona, a pesar de estar casado; y el visitador lo declaró como
tal, prohibiendo al procurador que presentase sus escritos. Santiago. Alonso de
Castilla. Cabrero. Qualla. Acuña. Tello. Gaspar Ramírez. (E. Aznar et al.
1991)
1521.
Junio, 19. Burgos. Incitativa al
licenciado Vadillo, juez pesquisidor en la isla de Canaria, para que determine
en la demanda de Sebastián de Lebrija, teniente de gobernador de Tenerife. Se
queja porque, hace unos diez meses, los hermanos García de Valcárcel y Pedro
Suárez, vecinos, intentaron matarle en la villa de San Cristóbal. Aunque el
intento fracasó, gracias a la ayuda que les prestaron algunas personas, los
malhechores lograron encontrar a un cuñado suyo, al que hirieron gravemente.
Por ello, y dado su rango social, solicita a una persona de la corte para
practicar ciertas pesquisas y hacer justicia. Santiago. Qualla. Beltrán.
Guevara. Tello. Trillanes. (E. Aznar et al. 1991)
1521
Junio 21. El
Cabildo se auto-confiere a Eguerew (La Laguna) el título de Ciudad.
1521.
Junio, 22. s.l. Orden al corregidor o
juez de residencia de Tenerife y La Palma, o a su lugarteniente en esta última,
para que den sentencia "interlocutoria" en seis días y definitiva en
veinte, en el pleito que enfrenta a Juan Ruíz de Berlanga, escribano público y
del concejo de La Palma, con Francisco de Mesa, vecino de ella. Este acusó
falsamente a Ruíz de Berlanga de ciertos delitos y dijo, además, que había
firmado una obligación falsa entre Juan de Mansilla, Juan de Toledo y Alonso de
Cáceres, cuando en realidad no se había otorgado ante él, ni ante ningún
otro escribano. Sobre esto, se hizo un proceso que llevó el bachiller Nuño Núñez,
antiguo teniente gobernador de la isla, quien, por una información del
escribano Bartolomé Sánchez, encontró culpable de este delito a Francisco
Mesa. Con estos argumentos, Berlanga se presentó ante el Consejo y acusó a
Francisco de Mesa de calumniador y falso acusador, por lo que fue preso. Sin
embargo, por su parentesco con el Adelantado, alcanzó la libertad bajo fianza.
Por ello, Berlanga teme no alcanzar justicia y solicita que Bartolomé Sánchez
dé cuenta del proceso y que las justicias lo sentencien. Arzobispo. Santiago.
Alonso de Castilla. Qualla. Guevara. Acuña. Tello. Antón Gallo. (E. Aznar et
al. 1991)
1521.
Junio, 22. Burgos. Orden al gobernador
o juez de residencia de Tenerife y La Palma, o a su lugarteniente en esta última
isla, para que den sentencia "interlocutoria" en seis días y
definitiva en veinte, en el pleito que mantiene Juan Ruíz de Berlanga,
escribano público y del concejo de La Palma, con Hernando de Ponferrada, vecino
de ella. Ponferrada había sido condenado por falso testimonio contra Berlanga y
había cumplido ya la sanción impuesta. (E. Aznar et al. 1991)
No
obstante, volvió a levantar falsos testimonios, por lo que se sigue pleito en
el Consejo, que se encuentra concluso para sentencia. Pero Ponferrada anda en
libertad y Berlanga teme no alcanzar justicia para su caso. Arzobispo. Santiago.
Alonso de Castilla. Qualla. Guevara. Acuña. Tello. Gallo. (E. Aznar et al.
1991)
1521.
Julio, 11. Burgos. Comisión al
licenciado Diego de Almodóvar para que concluya la ejecución del pleito que
enfrenta a don Guillén Peraza, conde de La Gomera, y a don Alonso Fernández de
Lugo, Adelantado de Canarias. El pleito, que se trató ante el Consejo, versa
sobre la petición que el primero hizo sobre la cuenta del tiempo que el
Adelantado tuvo la administración de sus bienes. El Consejo dió una sentencia,
ordenando al Adelantado que diese cuenta con el pago de ocho años y las 2/4
partes de lo multiplicado durante el matrimonio con doña Beatriz de Bobadilla.
Además,
se ordenó al gobernador de Gran Canaria que averiguase la cuantía de dichas
sumas. Sin embargo, por estar éste ocupado mandó en su lugar a Tenerife y La
Palma, al licenciado Juan de Vadillo. Pero a juicio del procurador del
Adelantado, Juan Trezeno, el licenciado Vadillo era parcial al conde, pues sin
darle traslado de su comisión, se dirigió a La Gomera para tratar el asunto.
Por ello, había apelado ante el Consejo solicitando que se revocase al
mencionado licenciado y al escribano nombrado al efecto. El Consejo notificó la
citada petición a Pablo de Baza, procurador de Guillén Peraza, quién señaló
que ésta se hacía con el único propósito de retrasar la ejecución de la
sentencia. y añadió que se debían castigar las fuerzas del Adelantado, pues
fueron contra el licenciado Vadillo, además de quitarle o, al menos, suspender
su mandato como gobernador. Visto nuevamente por el Consejo, éstos mandaron señalar
un juez ejecutor y que las partes nombrasen, antes de tres días, cuatro
letrados cada uno. Sin embargo, Pablo de Baza insistió que con ello sólo se
dilataba un proceso que duraba veinte años, y que había costado ya a su
representado 6.000 ducados. Por lo que pedía al Consejo que proveyese y
nombrase un juez que terminase la ejecución del pleito. La comisión al
licenciado Diego de Almodóvar se da con un salario de 350 mrs.día, más los
150 mrs. para Fernán Sánchez, escribano real. Asimismo se ordena al licenciado
Vadillo que no conozca en el pleito y al escribano Diego Ramírez que entregue
los procesos. Archiepiscopus. Santiago. Cabrero. Qualla. Acuña. Tello. Se dió
otra igual para la parte del Adelantado. (E. Aznar et al. 1991)
1521.
Julio, 12. Burgos. Emplazamiento a
Diego Ramírez, o a cualquier otro escribano en cuyo poder estuviese el proceso
que enfrenta a Alonso Fernández de Lugo, Adelantado de Canaria, al licenciado
Cristóbal de Valcárcel, a Rafael Fonte, a Juan Márquez, escribano, a
Francisco de Mesa, fiel ejecutor de La Palma y a Antón Joven regidor de
Tenerife contra Guillén Peraza, conde de La Gomera, para que lo presente al
Consejo antes de ocho días, apelación
ante el Consejo contra los mandamientos dados por el licenciado Vadillo, juez
pesquisidor y ejecutor, por los que ordenaba poner en posesión a Guillén
Peraza de "dos pares de cuatrocientos heredamientos", que se suponían
ganados y multiplicados durante el matrimonio del Adelantado con doña Beatriz
de Bobadilla. A juicio de los recurrentes no sucedió así, ya que durante el
matrimonio no hubo ganancias de bienes. Se da a petición de Fernando de
Valladolid, procurador de los primeros, .quien presentó poseyendo el Adelantado
algunos heredamientos antes de casarse y siéndole entregados otros por el rey
don Fernando por sus servicios en la conquista. Estas tierras las poseen
actualmente los citados Rafael Fonte y Antón Joven, además de Rafael de Espínola
y Bartolomé Benítez, a los que se ha querido desposeer sin ser escuchados. Por
otra parte, el licenciado Vadillo dió mandamiento para hacer ejecución en
bienes del Adelantado por un valor de 31 cuentos y 600.000 mrs.,
correspondientes a 5.000 arrobas de azúcar, en concepto del tiempo que tuvo la
administración y tutela de los bienes supuestamente multiplicados. Además,
condenó a ciertas penas al licenciado Valcárcel por ser abogado del
Adelantado, a Francisco de Mesa por ser procurador de éste y de Rafael Fonte, y
al escribano Juan Márquez por dar fe de algunas cosas que pasaron ante él. Por
todo ello, Fernando de Valladolid solicita el citado emplazamiento para poder
continuar el proceso. Arzobispo. Alonso de Castilla. Cabrero. Qualla. Beltrán.
Acuña. Tello. Gaspar Ramírez. (E. Aznar Santiago. et al. 1991)
1521
Julio 13. Pedro Ortega, negro, vecino,
vende a Hernán Núñez una esclava
herrada
en la barba, lora, de 12 años, por 18 doblas de oro
1521.
Julio, 13. Burgos. Orden a Diego Ramír
1521.
Julio, 15. Burgos. Notaría pública
de los reinos para Francisco de Mesa, vecino de La Palma. Se ordena a las
justicias del reino que lo reciban y guarden sus derechos. Cardenal.
Condestable. Almirante. Qualla. Arzobispo. Santiago. Alonso de Castilla.
Cabrero. Qualla. Guevara. Acuña. Tello. Cáceres. (E. Aznar et al. 1991)
1521
Julio 18.
1.368-6.-Antón
de Molina, vo. Un pedazo de ta. en q. puede haber
1521.
Julio, 26. Gante. Regimiento de la
ciudad real de Las Palmas para Diego de Narváez, por renuncia de Juan de Narváez,
su padre. Se da con la condición que éste &obreviva los veinte días que
marca la ley de Toledo y presente esta carta ante el concejo antes de 180 días
de la fecha de la data. El Rey. Villegas. Obispo de Palencia. Doctor Carvajal.
Se dió un duplicado, señalada por el citado obispo de Palencia. Doctor
Carvajal. Villegas. (E. Aznar et al. 1991)
1521.
Julio, 26. Gante. Orden al gobernador
o juez de residencia de Gran Canaria para que cumpla las leyes hechas por el rey
don Alonso, en las cortes de Alcalá de 1336, y por Juan II, en las de
Valladolid de 1442, en las que se determina el nombramiento de diputados y su
elección, que van insertas. Se da a petición de los regidores de la isla,
quienes informaron de las irregularidades que se cometen en la detención de
algunas personas, que pasan mucho tiempo en la cárcel sin conocer la causa,
dado que los regidores no visitan las cárceles como ordenan las leyes del
reino. Además, algunas de estas personas, implicadas en causas criminales,
recurren contra el gobernador y sus oficiales por considerarlos sospechosos, no
queriendo éste nombrar entre ellos diputados. Alega para ello que hasta no
declararse recusado no lo debe hacer. El Rey. Villegas. Obispo de Palencia.
Doctor Carvajal. Son dos iguales. (E. Aznar et al. 1991)
1521.
Julio, 26. Gante. Orden al doctor
Bernaldino de Anaya, juez de residencia de Gran Canaria, para que guarde el capítulo
del fuero de la isla que hace referencia al nombramiento, cada treinta días, de
dos regidores como diputados para la guarda de las ordenanzas, así como de las
pesas, medidas, cambios, limpieza de calles, de carnicerías y pescaderías y en
la ejecución de las penas de dichas ordenanzas. La orden se debe a la queja de
algunos regidores ante la noticia de que ciertas personas han pedido merced del
oficio de fiel ejecutor. Se inserta la confirmación de este capítulo del
fuero. (Madrid, 29
de
noviembre de 1516). El Rey. Villegas. García. Doctor Carvajal. (E. Aznar et al.
1991)
1521.
Julio, 26. Gante. Sobrecarta de la
fechada en Valladolid (5-VI-1513), en la que se ordena al doctor Bernaldino
Anaya, juez de residencia de Gran Canaria, se elijan dos regidores como
diputados que puedan visitar la cárcel. La orden es fruto de la petición de
Martín de Vera, vecino y regidor, quién informó de las irregularidades
cometidas en la detención de algunas personas, que pasan mucho tiempo en la cárcel
sin conocer la causa. El Rey. Villegas. Obispo de Palencia. Doctor Carvajal. (E.
Aznar et al. 1991)
1521.
Agosto, 3. Burgos. Orden al gobernador o juez de residencia de La Palma para
que, a petición de García de Mesa, el licenciado Lebrón continue el pleito
que está pendiente entre éste y Francisco de Corvalán, antiguo alcalde mayor
de la isla. García de Mesa recurrió, en la residencia que se tomaba al
alcalde, contra una sentencia de éste. Por haberse trasladado el alcalde a
Castilla, la causa permanece en los mismos términos, a pesar de haber concluido
el juicio de residencia. Arzobispo. Santiago. Cabrero. Coalla. Acuña. Tello.
Gaspar Ramírez. (E. Aznar et al. 1991)
1521.
Agosto, 7. Burgos. Orden al gobernador
o juez de residencia de San Miguel de la Palma para que: a petición de
Francisco de Mesa, vecino y fiel ejecutor de dicha isla, provea lo más
conveniente al común de la gente, en relación al acarreo del aceite que se
gasta en la isla. Según Francisco de Mesa, el pueblo está mal abastecido de
aceite y éste se vende a precios muy altos porque no existe una persona
dedicada a esta función. Si hubiese alguien dedicado al acarreo del aceite en
la isla y lo pudiese vender de forma exclusiva, el pueblo estaría mejor
provisto y con precios más bajos. Arzobispo. Santiago. Cabrero. Qualla.
Guevara. Acuña. Gaspar Ramírez. (E. Aznar et al. 1991)
1521.
Agosto, 8. Burgos. Comisión al
licenciado Zárate, juez ejecutor en Gran Canaria, para que, a petición de
Pablo de Baza, procurador de Guillén Peraza, conde de la Gomera, se castigue a
Francisco de Mesa, Rafael Espíndola, Francisco de Espíndola, Rafael Fonte y
otros vecinos de Tenerife y La Palma que habían resistido y desobedecido al
licenciado Vadillo, juez ejecutor, con el favor del Adelantado. Se ordena a las
justicias de Canaria que concedan todo el favor y ayuda al licenciado Zárate.
Santiago. Qualla. Guevara. Acuña. Tello. Gaspar Ramírez. (E. Aznar et al.
1991)
1521.
Agosto, 13. Burgos. Orden a Diego Ramírez,
escribano para que entregue, al Juez
nombrado al efecto y al escribano que le acompañe, ciertos
procesos en los que según Alonso Fernández de Lugo, Adelantado de
Canaria, se demuestran los excesos que el licenciado Vadillo, juez ejecutor, ha
cometido y van contra lo que fue mandado por el Consejo. Arzobispo. Santiago.
Palacios Rubios. Cabrero. Qualla. Beltrán. Acuña. Tello. Gaspar Ramírez.
(E. Aznar et al. 1991)
1521.
Agosto, 16. Burgos. Comisión al
licenciado Rodrigo de Alfaro para que ejecute el pleito entre Guillén Peraza y
el Adelantado, don Nonso Fernández de Lugo. La comisión se le da con un
salario de 450 mrs./día, en lugar de los 350 mrs. /día fijados anteriormente.
Arzobispo. Alonso de Castilla. Cabrero. Guevara. Acuña. Tello. (E. Aznar et al.
1991)
1521.
Agosto, 17. Burgos. Orden al
licenciado Rodrigo de Alfaro, juez ejecutor en Gran Canaria, para que, a petición
de don Alonso Fernández de Lugo, Adelantado de Canaria, el conde de la Gomera,
don Guillén Peraza, no tome, en la cuenta correspondiente a la tutela de sus
propiedades, los derechos que éste cobra en las islas del Hierro y La Gomera.
Según el Adelantado, Guillén Peraza lleva ciertos derechos indebidos como son:
el quinto de lo que se saca; el seis por ciento; el tres por ciento; y el
estanco, impuesto para que los vecinos de dichas islas no se trasladen a las de
realengo, además de impedir que vendan sus bienes sin licencia del conde. Todo
ello, sin tener privilegio concedido al efecto, ni siendo costumbre antes del año
64, porque aún no se navegaba a las citadas islas. Arzobispo. Santiago.
Cabrero. Qualla. Guevara. Acuña. Gaspar Ramírez. (E. Aznar et al. 1991)
1521.
Agosto, 18. Burgos. Comisión
a11icenciado Rodrigo de Alfaro, juez de comisión en Canaria, para que vea los
contratos que establecieron por una parte, Miguel Oneva (?) de Olazabal, la
mujer y herederos de Sebastián de Babaza, difunto, vecinos de la villa de San
Sebastián, y García de Quintana Dueñas, Diego de la Torre, Diego López Gallo
y Juan de Soria, mercaderes vecinos de Burgos; y por otra, D. Alonso Fernández
de Lugo, Adelantado de Canaria, y D. Pedro de Lugo. Por los citados contratos,
firmados hace ocho o nueve años, los primeros dieron al Adelantado y a D.
Pedro, cierta cantidad de maravedís, por los que hicieron obligaciones y
contratos públicos con el compromiso de pagar en arrobas de azúcar, dinero y
otras cosas. Sin embargo, transcurrido el plazo fijado, y siendo requeridos, se
niegan a pagar las cantidades adeudadas. Por ello, ante el temor de no poder
cobrar, solicitan la citada comisión, que se entrega al licenciado Alfaro a fin
de que vea y ejecute, si procede, los contratos establecidos entre las partes,
conforme a las leyes de Toledo y Madrid. Arzobispo. Santiago. Palacios Rubios.
Cabrero. Qualla. Beltrán. Acuña. Gallo.
(E. Aznar et al. 1991)
1521.
Agosto, 20. Burgos. Sobrecarta,
dirigida al concejo de la isla de La Palma, de otra dada el 20 de Junio de 1511,
en la que se confirma el nombramiento de tres escribanos, uno de ellos del
concejo, con la condición de que se examinen, ante el Consejo, dentro de los
dos años posteriores a la fecha de presentación de la carta. Sin este
requisito, no pueden usar su oficio. Después de la conquista de la isla, el
Adelantado, don Alonso Fernández de Lugo, con poder de los reyes, designó tres
escribanos públicos, ante los que pasan los autos civiles y criminales. Sin
embargo, Juan Ruíz de Berlanga, escribano del número y del concejo, en nombre
de los otros escribanos confirmados en 1511 , Bar-
tolomé
Sánchez y Luis Belmonte, informa, ahora, que el Adelantado incumple esta
medida, designando y creando nuevas escribanías. Arzobispo. Palacios Rubios.
Alonso de Castilla. Cabrero. Acuña. Sandoval. (E. Aznar et al. 1991)
1521
Agosto 23.
1.329-27.-Francisco
Pérez.
1521.
Agosto, 30. Burgos. Incitativa al
licenciado Rodrigo de Alfaro, Juez ejecutor de Gran Canaria, para que determine
en la demanda de Cristóbal de Bobadil1a, procurador del conde de la Gomera, que
acusa al licenciado Juan de Santa Cruz, procurador del Adelantado de Canaria, de
haber mentido públicamente. Según el demandante, el dicho licenciado había
dicho que el conde mandaba gente para tomar la isla de La Palma, cuando sólo
había mandado 30 hombres para ejecutar lo acordado por el licenciado Vadillo.
Arzobispo. Santiago. Qualla. Guevara. Acuña. Tello. Gaspar Ramírez. (E. Aznar
et al. 1991)
1521.
Agosto,-30. Burgos. Comisión al
licenciado Rodrigo de Alfaro, juez ejecutor en Tenerife y La Palma, para que
informe al Consejo sobre la actuación del licenciado Vadillo, con poder para
castigar a otros culpables. Se da a petición de D. Alonso Fernández de Lugo,
adelantado de Canaria, que niega haber resistido a la ejecución de su hacienda
y acusa al licenciado Vadillo y a D. Guillén Peraza, conde de La Gomera, de
querer ocupársela por la fuerza.
Les
acusa, además, de traer gente que provocó alborotos en La Palma: quitando
armas a los caminantes, tomando posadas sin pagar, poniendo penas a los
oficiales y quitándoles sus oficios, amenazando con quemar la villa de Santa
Cruz, Los Sauces y otros lugares. Señala también que su jefe, Cristóbal de
Bobadilla, cometió muchos excesos amparándose en su supuesta condición de clérigo;
que el licenciado Vadillo comunicaba al conde, o a su letrado, lo concerniente a
la justicia del Adelantado; y no contentos con ello, habían enviado una segunda
carabela con gente de guerra, entre los que había condenados a muerte. El jefe
de la segunda expedición, Bartolomé Zamora, envió a 40 hombres para matar a
los dos alguaciles que fueron a detener a los malhechores, no llegando a
consumarse el asesinato a ruego de las víctimas. Santiago. Palacios Rubios.
Qualla. Guevara. Acuña. Tello. Gaspar Ramírez. (E. Aznar et al. 1991)
1521.
Septiembre, 1. Burgos. Presentación
del protonotario Andrés López de Frías para una canonjía de la catedral de
Gran al gobernador de Tenerife y La Palma para que entregue a Simón Rabelo,
caballero de Canaria, vacante tras la muerte de Francisco Millares Barrera.
Cardenal. Condestable. Zapata. Santiago. Castañeda. (E. Aznar et al. 1991)
1521.
Septiembre, 3. Burgos. Orden la casa
del rey de Portugal, los culpables y las mercancías robadas en una carabela de
éste, que procedente de la India se encontraba en el puerto de Cádiz. Los
barriles de clavo y especiería fueron llevados a Tenerife en la carabela San
Lorenzo, de la que es maestre Diego Pérez. Allí, el citado Rabelo requirió al
gobernador para que prendiese a los culpables. Así lo hizo, deteniendo a
algunos de ellos y depositando nueve barriles de clavo y especiería en poder de
ciertas personas, según consta en los autos presentados al Consejo. Cardenal
Dertutensis. Almirante. Condestable. Castañeda. Zapata. Cáceres. (E. Aznar et
al. 1991)
1521.
Septiembre, 9. Burgos. Comisión al
licenciado Rodrigo de Alfaro juez ejecutor en la isla de Canaria, para que se
traslade ala Gomera y ejecute el contrato establecido entre Juan Agustín
Salvago, genovés y regidor de La Gomera, y su hermano Domingo Salvago, ya
difunto, por una parte; y Gaspar Espíndola, genovés, y otros compañeros, por
la otra. Si procede, lo debe hacer conforme a las leyes de Toledo, Madrid y
Toro. Según Nicolao de Grimaldo estante en la Corte, los hermanos Salvago se
obligaron apagar a Gaspar Espíndola 4.000 ducados por 10.000 arrobas de. azúcar
(en un plazo de cuatro años, a razón de 1.000 ducados anuales), además de los
331.600 maravedís que
ya
le debían, y la primera paga debía efectuarse a finales de 1512, según
constaba por el contrato. Sin embargo, el plazo ha pasado desde hace seis años
y no han podido obtener el pago porque el regidor Agustín Salvago era
favorecido por el conde Don Guillén Peraza. La comisión al licenciado A1faro
se la entregan con un salario de 450 mrs./día, más 200 mrs. para el escribano
que le acompañe, aparte de sus derechos pagaderos por los culpables.
Archiepiscopus. Santiago. Cabrero. Coalla. Beltrán. Acuña. Tello. Gaspar Ramírez.
Cáceres. (E. Aznar et al. 1991)
1521.
Septiembre, 12. Burgos. Licencia al
concejo de La Palma para echar sisa hasta 100.000 mrs., en los mantenimientos y
otras cosas que se venden, a fin de afrontar los gastos de la construcción de
un muelle, ya que el descargadero existente es muy malo. (E. Aznar et al. 1991)
El
concejo de la isla había informado que eran necesarios 3.000 ducados y que no
se podían obtener de los propios. El rey, a su vez, había ordenado al
gobernador que informase de la utilidad del proyecto y de los gastos necesarios.
Vista esta información por los del Consejo, se autorizó la posibilidad de
hacer sisa o repartimiento. Cardenal. Condestable. Arzobispo. Zapata. Cabrero.
Santiago. Qualla. Beltrán. Juan Ramírez. (E. Aznar et al. 1991)
1521.
Septiembre, 12. Burgos. Orden a las
justicias del reino, en especial a las de las "Indias" de Gran
Canaria, para que guarden a Pedro de lturribalzaga, hombre "fijodalgo"
estante en la Corte y en las citadas islas, las exenciones y libertades que
protejen a los hidalgos e impiden que sus personas o bienes sean prendidos por
deudas. Vistos los capítulos de las Cortes de Toledo, Toro y Alcalá, que van
insertos, se ordenó la guarda de sus derechos. Arzobispo. Santiago. Alonso de
Castilla. Cabrero. Qualla. Guevara. Acuña. Tello. Trillanes. Cáceres. (E.
Aznar et al. 1991)
1521.
Septiembre, 19. Burgos. Comisión al
licenciado Rodrigo de Alfaro, juez ejecutor, para que vaya a Tenerife y La Palma
y determine en la demanda de Rafael Fonte, vecino y regidor de Cádiz. Este
informó que O. Alonso Fernández de Lugo, Adelantado de Canaria y gobernador de
Tenerife y La Palma, le debía más de 2.600 mrs., por lo que fue hecha ejecución
en un heredamiento de tierras yaguas, y en un ingenio de azúcar que el
Adelantado tenía en Icod. Durante tres años Fonte ha poseído pacificamente
este ingenio, pero hace unos seis meses el gobernador le tomó por la fuerza 200
arrobas de azúcar blanco.
La
comisión al licenciado Alfaro se da con un salario de 150 mrs./día, más 200
rnrs. para el escribano que le acompafie, aparte de sus derechos. Arzobispo.
Santiago. Qualla.Beltrán. Acuña. Tello. Juan Ramírez. (E. Aznar et al. 1991)
1521
Septiembre 20.
1.705-34.-Juan
Rodrigues. Unas ts. debajo del lomo Gordo, de
1521.
Septiembre, 24. Burgos. Licencia al
concejo de La Palma para que pueda tomar de los propios el salario
correspondiente a un médico, a un boticario y a un maestro de gramática. El
concejo planteó la necesidad de estos profesionales en la isla, si bien
argumentaba que no tenía rentas para pagarles. El salario no ha de exceder de
30.000 mrs. año para el médico, 15.000 mrs. Para el boticario y 10.000 mrs.
para el maestro de gramática. Si no hay propios podrán echar sisa o
repartimiento, hasta 55.000 mrs. Arzobispo. Santiago. Alonso de Castilla.
Cabrero. Qualla. Juan Ramírez. (E. Aznar et al. 1991)
1521.
Septiembre, 25. Burgos. Sobrecarta de
otra dada en Bruselas (8-VII-1521) y dirigida a las justicias del reino, por la
que se da licencia a todos los súbditos para que hagan guerra, por mar y
tierra, al rey de Francia. Éste, a pesar de las paces establecidas con el rey
Católico, rompió la paz, aprovechando la ausencia del monarca y los
movimientos pasados, al enviar a su ejército a tomar Navarra, cercar Logroño y
ocupar cuatro lugares. Ahora, Bartolomé Benítez de Lugo, vecino y regidor de
Tenerife, señala que, en 1514, estando vigentes las citadas paces, le fue
robado, por ciertos franceses y bretones, el cargamento que llevaba en la
carabela Santa María de la Piedad. Consistía en 2.000 arrobas de azúcar, además
de dos jarros y dos tazas de plata, que pesaban más o menos 13 marcos, y cuyo
valor era de 4.000 ducados de oro, así como ropas y cosas de sus criados, por
valor de 500 ducados. Por lo que Benítez solicita sobrecarta para hacer la
guerra, por mar y por tierra, y así recuperar lo perdido. Zapata. Santiago.
Qualla. Guevara. Acuña. Tello. Juan Ramírez. (E. Aznar et al. 1991)
1521.
Septiembre, 26. Burgos. Orden al
gobernador o juez de residencia de Tenerife para que informe al Consejo sobre
los propios de la isla, los repartimientos y sisas hechos en los últimos tres años
e indique dónde se podrían poner nuevas contribuciones que permitan la traída
de agua a la villa de San Cristóbal. El concejo de la isla informa que, dada la
carencia de agua que tenía la ciudad, el Consejo le permitió echar por sisa
mil ducados para la conducción del agua. Sin embargo, esta cantidad no bastó
para completar los trabajos y, por ello, piden una nueva licencia para repartir
o echar sisa por otros mil ducados. Arzobispo. Santiago. Coalla. Cuéllar.
Cabrero. Tello. Juan Ramírez. (E. Aznar et al. 1991)
1521.
Septiembre, 27. Burgos. Orden a los
concejos y gobernadores de Tenerife y La Palma para que no impidan sacar,
conforme a la licencia que en las citadas islas existe, cierta cantidad de trigo
que algunos vecinos de La Gomera compran para su mantenimiento. Según don Guillén
Peraza, conde de La Gomera, el Adelantado y otras personas, por su mandato, se
lo impiden debido a la enemistad existente entre ellos, por el pleito que en
estos momentos les enfrenta. Arzobispo. Alonso de Castilla. Cabrero. Qualla. Acuña.
Gaspar Ramírez. (E. Aznar et al.
1991)
Octubre de 2009
*Guayre
Adarguma Anez Ram’ n Yghasen